Las hojas de reclamaciones son la vía administrativa de
denuncia. Con la cumplimentación y presentación
de la Hoja de Reclamaciones en la Administración competente,
esta puede mediar para buscar una solución, iniciando una
inspección y exigiendo que se subsanen las anomalías.
Las hojas de reclamaciones son emitidas por la Administración
competente, por triplicado y están numeradas.
Los siguientes sectores tienen obligación de tener hojas
de reclamaciones a disposición de los clientes:
Reparación de automóviles, sus equipos y componentes.
Reparación de aparatos de uso doméstico.
Servicios a domicilio: Albañilería, Carpintería,
Electricidad, Fontanería, Pintores, Mantenimiento de ascensores,
Calefacción, Antenas, Multiservicios,etc.
Grúa para vehículos automóviles.
Academias de enseñanza.
Funerarias y Tanatorios.
Peluquerías, Salones de belleza y Solariums.
Gimnasios
Estudios fotográficos.
Alquiler de productos de música y video.
Encuadernación, Copistería y Reprografía.
Enmarcado de cuadros.
Servicios de Telefonía móvil.
Reparación de Calzado.
Reproducción de llaves.
Lavado y engrasado de vehículos.
Gestorías administrativas.
Agencias inmobiliarias y similares.
Alimentación General y Especializada.
Carnicerías y Pescaderías.
Fruterías.
Productos textiles, confección y mercería.
Calzado y Marroquinería.
Joyerías y Relojerías.
Material Deportivo.
Juguetes.
Regalo y Decoración.
Droguerías y Perfumerías.
Ferreterías, Bazares y menaje del hogar.
Librerías y Papelerías.
Muebles
Material Eléctrico.
Material Informático.
Material Fotográfico.
Aparatos de uso domestico
Vehículos automóviles, sus equipos y componentes.
Estaciones de servicio de combustibles.
Telefonía móvil.
Bricolaje, Pintura y Decoración.
Discos y material fonográfico, Instrumentos musicales y
vídeos.
Floristería y Viveros.
El incumplimiento de la obligación de tener a disposición
de los consumidores y usuarios hojas de reclamaciones, por los
establecimientos enumerados se considera infracción en
materia de protección del consumidor y es por tanto objeto
de sanción.
En todos los establecimientos obligados existirá de modo
permanente y perfectamente visible, un cartel colocado en las
zonas de mayor concurrencia de público en el que figure
de forma legible la siguientes leyenda: “ Existen hojas
de reclamaciones a disposición del consumidor”
La Cámara Oficial de Comercio
e Industria de Béjar, dispone de estas hojas de reclamaciones.